• Rango: Decreto
  • Asunto: Modificación del Decreto 56/2022 que regula y establece el currículo de Educación Infantil
  • Consejería: Consejería de Educación (XII legislatura)
  • Organismo: Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación

Modificación del Decreto 56/2022 que regula y establece el currículo de Educación Infantil

Consejería de Educación (XII legislatura)

Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación

Consulta Publica Previa

¿Qué se pretende solucionar?

* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).

De acuerdo con el artículo 6.3 de la Ley Orgánica 3/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas. Asimismo, según el apartado 5 de dicho artículo 6, las Administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas del que formarán parte los aspectos básicos.

El Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil se desarrolló en nuestra comunidad autónoma mediante el Decreto 56/2022, de 5 de agosto, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Infantil en el Principado de Asturias. La presente modificación tiene por objeto la inclusión de la enseñanza de la Lengua Asturiana en el segundo ciclo de Educación Infantil.

Puedes enviar tus aportaciones del 01/10/2024 al 15/10/2024 al correo participa@asturias.org 

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Resulta necesario incluir la Lengua Asturiana en el currículo de Educación Infantil siguiendo los principios determinados por el Estatuto del Principado de Asturias Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero, que señala en su art. 4 que el bable/asturiano gozará de protección y se promoverá su difusión en los medios de comunicación y su enseñanza, respetando, en todo caso las variantes locales y la voluntariedad de su aprendizaje. Además, en el art. 10.1.21 se señala como competencia exclusiva del Principado de Asturias el fomento y protección del bable/asturiano en sus diversas variantes. 

Dicha modificación será de aplicación en los centros autorizados para impartir estas enseñanzas en el Principado de Asturias.

Objetivos de la norma

El objetivo de esta modificación es incluir la Lengua Asturiana en el segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil, que será de aplicación en los centros docentes autorizados en el ámbito del Principado de Asturias.

Soluciones Alternativas

 

Las modificaciones mencionadas solo pueden ser llevadas a cabo mediante la aprobación del correspondiente decreto.

Audiencia e información pública

Resumen

Artículo único. Modificación del Decreto 56/2022, de 5 de agosto, por el que se regula la ordenación y se
establece el currículo de la Educación Infantil en el Principado de Asturias.

Pueden realizarse alegaciones desde el 08/05/2025 al 21/05/2025.

Documentos / Multimedia

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