• Rango: Decreto
  • Asunto: Decreto de segunda modificación del Decreto 20/2019, de 3 de abril, por el que se regulan las bases que han de regir la selección y movilidad de los Agentes de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias
  • Consejería: Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias (XII legislatura)
  • Organismo: Dirección General de Administración Local y Seguridad - Servicio de Interior

Decreto de segunda modificación del Decreto 20/2019, de 3 de abril, por el que se regulan las bases que han de regir la selección y movilidad de los Agentes de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias

Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias (XII legislatura)

Dirección General de Administración Local y Seguridad - Servicio de Interior

Consulta Publica Previa

¿Qué se pretende solucionar?

* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).

Transcurridos siete años desde la entrada en vigor del citado decreto, resulta imprescindible actualizar las bases que han de regir la selección y movilidad de dichos Agentes. El objetivo es ajustar diversos aspectos cuya aplicación práctica ha revelado la necesidad de una mayor precisión o eficacia, además de optimizar su funcionamiento general.

Con el fin de dotar al proceso de selección de mayor objetividad y exhaustividad, se modifica el número de preguntas y se introduce la ponderación de las pruebas que constituyen el proceso selectivo.

Respecto al proceso de movilidad, por un lado, se modifican los periodos mínimos necesarios para optar a la misma, con el objeto de garantizar una mínima permanencia en los destinos, necesaria, dadas las implicaciones organizativas y económicas que suponen las movilidades para las entidades locales implicadas.

Por otro lado, se modifican los criterios de valoración de los méritos, para corregir evitar las disfuncionalidades que se producen debido a que la movilidad se produce entre diferentes administraciones públicas con como consecuencia de las diferentes configuraciones de plantilla en las corporaciones locales; asimismo se pretende dar mayor objetividad y seguridad jurídica y rigor técnico a la valoración de la formación, docencia y a los supuestos de conciliación de la vida personal y familiar.

Puedes enviar tus aportaciones del 17/02/2026 al 02/03/2026. PLAZO CERRADO.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Resulta necesaria la aprobación de la norma, para introducir las modificaciones en bases que han de regir la selección y movilidad de los Agentes de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias, que solucionen los problemas indicados en el apartado anterior. Siendo oportuno que la misma se realice en el plazo más breve posible dado que se inician procesos selectivos y de movilidad continuamente.

Objetivos de la norma

Solucionar los problemas encontrados durante la tramitación de los procedimientos de selección y movilidad con el fin de dotar a los mismos de mayor objetividad, seguridad jurídica y rigor técnico.

Soluciones Alternativas

No constan en este momento.

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