• Rango: Decreto
  • Asunto: Proyecto de Decreto de segunda modificación del Decreto 13/2020, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias
  • Consejería: Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos (XII legislatura)
  • Organismo: Viceconsejería de Justicia

Proyecto de Decreto de segunda modificación del Decreto 13/2020, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias

Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos (XII legislatura)

Viceconsejería de Justicia

Consulta Publica Previa

¿Qué se pretende solucionar?

* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).

La Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ha introducido, como requisito de procedibilidad, los medios adecuados de solución de controversias (MASC), resultando necesario regular, para el Principado de Asturias, la retribución a los profesionales de la abogacía por la asistencia letrada cuando el o la demandante es beneficiario del derecho de asistencia jurídica gratuita.

Asimismo, la citada Ley Orgánica, introduce modificaciones en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, que necesariamente deben reflejarse en la regulación autonómica.

Por último, se contempla la inclusión expresa en el reglamento autonómico del precepto incluido en el reglamento estatal referido a los honorarios dejados de percibir por aquellos profesionales del turno de oficio que hayan prestado el servicio de defensa por designación judicial de detenidos, presos, investigados o acusados en un proceso penal, cuando en el correspondiente expediente de asistencia jurídica gratuita no se hubiera obtenido dicho beneficio por insuficiencia de documentación y no se hayan satisfecho los derechos y honorarios profesionales.

Puedes enviar tus aportaciones del 18/02/2026 al 03/03/2026 al correo participa@asturias.org

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Resulta necesario adaptar la normativa autonómica en materia de asistencia jurídica gratuita a las últimas reformas estatales.

Objetivos de la norma

  • Cumplimiento del requisito de procedibilidad (art. 5 Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia) con cobertura de asistencia jurídica gratuita.
  • Integrar la retribución por la asistencia letrada en los medios adecuados de solución de controversias (MASC).
  • Ampliar el ámbito personal del derecho a asistencia jurídica gratuita (víctimas) con reconocimiento independiente de recursos.
  • Incluir la retribución de honorarios no percibidos en defensa penal por designación judicial.

Soluciones Alternativas

Este tipo de norma de carácter reglamentario derivada de normativa estatal, únicamente puede regularse mediante un decreto, no existiendo otras soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.

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