Decreto por el que se regula la acreditación de centros y servicios de atención socio-sanitaria a personas con adicciones
- Rango: Decreto
- Asunto: Decreto por el que se regula la acreditación de centros y servicios de atención socio-sanitaria a personas con adicciones
- Consejería: Consejería de Salud (XII legislatura)
- Organismo: Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental
Decreto por el que se regula la acreditación de centros y servicios de atención socio-sanitaria a personas con adicciones
Consejería de Salud (XII legislatura)
Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental
Consulta Publica Previa
¿Qué se pretende solucionar?
* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).
El Decreto 63/1993, de 15 de julio, por el que se regula la autorización y acreditación de cerntros y servicios de atención socioisanitaria a personas drogodependientes, es la norma por la que se ha regido la autorización y acreditación de los citados centros y servicios.
El tiempo transcurrido desde la aprobación de la norma, añadido a la nueva regulación de la autorización sanitaria de centros y servicios sanitarios por el Decreto 55/2014, de 28 de mayo, por el que se regula la autorización de centros y servicios sanitarios, aconseja una nueva regulación en determinados aspectos relativos a la actualización de los nuevos tipos de recursos y a la aparición de las adicciones sin sustancias.
Puedes enviar tus aportaciones del 26/03/2024 al 08/04/2024 al correo participa@asturias.org
Necesidad y oportunidad de su aprobación
Existen razones de interés público que justifican la necesidad del decreto que se pretende tramitar, debido a que la normativa vigente se encuentra desfasada, no sólo por estar centrada en las adicciones a sustancias, sino también porque no tiene en cuenta el marco normativo más adecuado para la autorización sanitaria de estos dispositivos en tanto centros y servicios sanitarios, que es el constituído por el Decreto 55/2014, de 28 de mayo.
Objetivos de la norma
Regular la acreditación de los centros de atención sociosanitaria a personas con adicciones.
Soluciones Alternativas
No existen soluciones alternativas.
Audiencia e información pública
Resumen
El presente decreto tiene por objeto regular los requisitos y el procedimiento para la acreditación de los centros y servicios de atención socio-sanitaria a personas con adicciones en el ámbito territorial del Principado de Asturias, a los efectos previstos en el artículo 48.2 de la Ley del Principado de Asturias 4/2015, de 6 de marzo, de atención integral en materia de drogas y bebidas alcohólicas.
Pueden realizarse alegaciones desde el 25/05/2024 al 21/06/2024. PRESENTAR ALEGACIONES.
