• Rango: Decreto
  • Asunto: Decreto por el que se regula el diseño, la organización general y el currículo de las ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional en el Principado de Asturias
  • Consejería: Consejería de Educación (XII legislatura)
  • Organismo: Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación

Decreto por el que se regula el diseño, la organización general y el currículo de las ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional en el Principado de Asturias

Consejería de Educación (XII legislatura)

Dirección General de Inclusión Educativa y Ordenación

Consulta Publica Previa

¿Qué se pretende solucionar?

* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).

La adecuación de los currículos de los ciclos formativos de grado básico, grado medio y grado superior a las disposiciones contenidas en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional y en los reales decretos por los que se establecen cada uno de los títulos de Formación Profesional, que serán modificados en este año académico.

Puedes enviar tus aportaciones del 22/02/2024 al 07/03/2024 al correo participa@asturias.org 

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, establece en su artículo 11.3 que en el año académico 2024-2025 se completará la implantación del primer curso de todos los ciclos formativos [Grados D: ciclos formativos de grado básico, de grado medio y de grado superior], así como se continuará con la implantación del segundo curso de aquellos que hubieran sido implantados en primer curso por las administraciones educativas en el curso precedente. Asimismo, establece en su artículo 12.2 que en el año académico 2024- 2025 se implantarán, con carácter general, las ofertas de Grado E, en los términos establecidos en los artículos 51 y 52 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Además, la entrada en vigor del Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional y la prevista entrada en vigor de los reales decretos por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, de modificación de
determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico, grado medio y grado superior obligan a adaptar el currículo de los ciclos formativos de los Grados D (ciclos formativos de grado básico, de grado medio y de grado superior) de la Formación Profesional que se imparten en los centros docentes del Principado de Asturias, indistintamente de su tipología y titularidad.

Objetivos de la norma

Esta norma tiene por objeto establecer las normas reguladoras del diseño, la organización general y el currículo de las ofertas formativas, Grados A, B, C, D y E, del Sistema de Formación Profesional en el Principado de Asturias, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

Se establecerá para todas las ofertas:

  • El currículo y el horario de los ámbitos y módulos a que se refiere el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
  • La organización horaria de las prácticas en centros de trabajo de los módulos profesionales.
  • La organización de los módulos de proyecto.

Asimismo, se establecerán:

  • Los currículos de las ofertas formativas A, B y C y de los ciclos formativos de grado básico, medio y superior y cursos de especialización (Grado D y E) implantados en el Principado de Asturias, de conformidad con los reales decretos por el que se establecen los títulos de la formación profesional del sistema educativo de Técnico o Técnico Superior de las diferentes familias profesionales, y se fijan sus enseñanzas mínimas, como desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.

Soluciones Alternativas

El establecimiento del currículo de estas enseñanzas solo se puede llevar a cabo mediante la aprobación del correspondiente Decreto.

Audiencia e información pública

Resumen

La adecuación de los currículos de los ciclos formativos de grado básico, grado medio y grado superior a las disposiciones contenidas en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional y en los reales decretos por los que se establecen cada uno de los títulos de Formación Profesional, que serán modificados en este año académico.

Puedes realizar tus aportaciones desde el 21/02/2025 hasta el 06/03/2025.

Documentos / Multimedia

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